Términos y condiciones

 

1.Garantía

Los Servicios que se proveerán en virtud del presente son de instrucción en el idioma inglés. El Proveedor de Servicios no garantiza de ninguna forma los resultados o logros de los Servicios proporcionados o el trabajo desarrollado y producto final. El Proveedor de Servicios garantiza que los Servicios serán prestados por personal calificado en una manera profesional y eficiente de acuerdo con los estándares y prácticas generalmente aceptadas en la industria. El Proveedor de Servicios deberá cumplir con todos los estatutos, ordenanzas, reglamentos y leyes federales, estatales, del condado, municipales o locales aplicables a la prestación de los Servicios en virtud del presente.

LIMITE DE LA GARANTÍA. LA GARANTÍA ESTABLECIDA EN ESTA SECCIÓN ES EXCLUSIVA Y SUSTITUYE DE TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, EXPLÍCITAS, IMPLÍCITAS, ESTATUTARIAS O DE OTRO TIPO CON RESPECTO A LOS SERVICIOS, TRABAJO DESARROLLADO O PRODUCTO FINAL PROPORCIONADOS BAJO ESTE ACUERDO, O EN CUANTO A LOS RESULTADOS QUE PUEDAN SER OBTENIDOS DEL MISMO. EL PROVEEDOR DEL SERVICIO RENUNCIA A TODAS LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS, INCLUYENDO, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO O CONTRA INFRACCIONES. EL PROVEEDOR DE SERVICIOS NO SERÁ RESPONSABLE DE NINGÚN SERVICIO O TRABAJO DESARROLLADO O PRODUCTO FINAL PROPORCIONADO POR VENDEDORES TERCEROS IDENTIFICADOS O REFERIDOS AL CLIENTE POR EL PROVEEDOR DE SERVICIOS DURANTE EL PLAZO DE ESTE ACUERDO, DE CONFORMIDAD CON CUALQUIER DESCRIPCION DE TAREA O DE OTRA MANERA.

 

2.Indemnización.

Cada parte (la «Parte que indemniza») acuerda indemnizar, defender y eximir de responsabilidad a la otra parte y a sus afiliados y sus respectivos funcionarios, directores, empleados y agentes de y contra todos los reclamos, pérdidas, responsabilidades, daños, gastos y daños de terceros y costos, incluyendo los honorarios de abogados y los costos judiciales, que surjan de (i) negligencia crasa o mala conducta intencional de la Parte Indemnizadora o (ii) su incumplimiento sustancial de cualquiera de los términos de este Acuerdo. La responsabilidad de la Parte Indemnizadora bajo esta Sección se reducirá proporcionalmente en la medida en que cualquier acto u omisión de la otra Parte, o sus empleados o agentes, contribuyó a dicha responsabilidad. La parte que solicita la indemnización deberá proporcionar prontamente a la Parte que indemniza una notificación por escrito de cualquier reclamo y cederá completamente el control de la defensa y acuerdo de la Parte que indemniza, y cooperará con la Parte que indemniza, su compañía de seguros y su asesor legal en su defensa de tales reclamos. Esta indemnización no cubrirá ninguna reclamación en la que no se notifique con prontitud a la Parte Indemnizadora en la medida en que dicha falta de notificación perjudique la defensa de la reclamación.

 

3. Limitación de responsabilidad. Acciones.

EXCEPTO POR LAS OBLIGACIONES DE INDEMNIZACIÓN DE LAS PARTES BAJO LA SECCIÓN 2. DE ESTE ACUERDO, EN NINGÚN CASO CUALQUIER PARTE SERÁ RESPONSABLE BAJO ESTE ACUERDO ANTE LA OTRA PARTE POR CUALQUIER INCIDENTAL, CONSECUENTE, INDIRECTO, DAÑOS ESTATUTARIOS, ESPECIALES, EJEMPLARES O PUNITIVOS, INCLUYENDO, ENTRE OTROS, PÉRDIDA DE BENEFICIOS, PÉRDIDA DE USO, PÉRDIDA DE TIEMPO, MOLESTIAS, PÉRDIDA DE OPORTUNIDADES DE NEGOCIOS, DAÑO A LA BUENA VOLUNTAD O REPUTACIÓN, Y COSTOS DE COBERTURA, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE DICHA RESPONSABILIDAD SE BASA EN EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, AGRAVIO, RESPONSABILIDAD ESTRICTA U OTRO E INCLUSO SI SE HA ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS O DICHOS DAÑOS PODRÍAN HABERSE PREVISTO RAZONABLEMENTE. SUJETO A LA OBLIGACIÓN DEL CLIENTE DE PAGAR LAS TARIFAS AL PROVEEDOR DE SERVICIOS, LA RESPONSABILIDAD TOTAL DE CADA PARTE POR CUALQUIER RECLAMACIÓN RELACIONADA CON LOS SERVICIOS O ESTE ACUERDO NO EXCEDERÁ LAS TARIFAS PAGADAS O POR PAGAR POR EL CLIENTE AL PROVEEDOR DE SERVICIOS BAJO ESTE ACUERDO EN EL 12 MES PERIODO INMEDIATAMENTE ANTERIOR A LOS HECHOS QUE DAN ORIGEN A DICHA RESPONSABILIDAD. ESTA SECCIÓN SOBREVIVIRÁ A LA TERMINACIÓN DEL ACUERDO.

NO SE INICIARA NINGUNA ACCIÓN POR ALGUNA RECLAMACIÓN RELACIONADA CON O QUE SURJA DE ESTE ACUERDO MÁS DE UN (1) AÑO DESPUÉS DE LA ACUMULACIÓN DE DICHA CAUSA DE ACCIÓN, EXCEPTO POR EL DINERO ADEUDADO EN UNA CUENTA ABIERTA.

 

4. Término.

Este Acuerdo tendrá un plazo inicial de un año a partir de la fecha de efectividad (el «Plazo Inicial»), a menos que se rescinda antes de conformidad con las disposiciones de la Sección 5.

 

5. Terminación.

El Proveedor de Servicios puede rescindir este Acuerdo en cualquier momento en caso de incumplimiento por parte del Cliente de un convenio material, compromiso u obligación sustancial en virtud de este Acuerdo que permanezca sin subsanar: (i) en caso de incumplimiento monetario, 10 días calendario después de notificación por escrito; y (ii) en caso de incumplimiento no monetario, después de los 30 días siguientes a su notificación por escrito. Dicha rescisión será efectiva de forma inmediata y automática al vencimiento del período de notificación aplicable, sin más notificación o acción por parte de Proveedor de Servicios. La terminación será en adición a cualquier otro recurso que pueda estar disponible para el Proveedor de Servicios.

6. No solicitación.

Durante la vigencia de este Acuerdo y durante un año después de la fecha de vencimiento o terminación del Acuerdo, el Cliente acuerda no solicitar o inducir directamente a ninguna persona que preste Servicios en virtud del presente Acuerdo a dejar el empleo del Proveedor de Servicios. Las Partes no tienen prohibido responder o contratar a empleados de la otra parte que soliciten empleo por su propia cuenta o en respuesta a un anuncio público o solicitud de empleo en general.

 

7. Relación de las partes.

Nada en este Acuerdo, y ningún curso de negociación entre las Partes, se interpretará para crear o implicar una relación de empleo o agencia o una relación de sociedad o empresa conjunta entre las Partes o entre una Parte y los empleados o agentes de la otra Parte.

 

8. Fuerza mayor.

Ninguna de las Partes será responsable en virtud del presente por ningún incumplimiento o retraso en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Acuerdo, excepto por el pago de dinero, si dicho incumplimiento o retraso se debe a causas fuera de su control razonable, incluidos disturbios civiles, guerra, terremotos, regulaciones o controles gubernamentales, terrorismo, pandemias, epidemias, , emergencias de salud pública, , u otras ocurrencias similares o diferentes más allá del control razonable de la Parte que incumplan o retrasen la ejecución de este Acuerdo, mientras dicho evento de fuerza mayor esté vigente. Cada Parte hará todos los esfuerzos razonables para notificar a la otra Parte sobre la ocurrencia de dicho evento dentro de los cinco días hábiles posteriores a su ocurrencia.
El cliente es responsable de garantizar que el ancho de banda mínimo requerido y las especificaciones de conectividad estén disponibles para acceder a los materiales.

 

9. Resolución de conflictos.

Cualquier disputa, controversia o reclamo que surja o esté relacionado de alguna manera con este Acuerdo, o cualquier Servicio realizado en virtud de este que no pueda ser resuelto de manera amistosa por las partes, se resolverá única y definitivamente mediante arbitraje administrado por la (Asociación de Abogados de los Estados Unidos) de conformidad con sus reglas de arbitraje comercial. El fallo sobre el laudo dictado por el árbitro o árbitros puede presentarse en cualquier tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. El arbitraje se llevará a cabo ante un panel de un (1) árbitro sentado en Florida, Condado de Hillsborough. El idioma del arbitraje será el inglés. Los árbitros estarán obligados a adjudicar todas las disputas de acuerdo con las leyes de Florida. La decisión de los árbitros se hará por escrito con determinaciones de hecho por escrito y será definitiva y vinculante para las partes. Esta sección proporciona el único recurso para la resolución de cualquier disputa que surja de, en conexión con o relacionada con este Acuerdo.

 

10. Ley Aplicable y Jurisdicción.

Este Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del Estado de Florida, sin dar efecto a los principios de conflicto de leyes de dicho estado. La Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercaderías no se aplicará a este Acuerdo. Las Partes acuerdan que cualquier acción que surja de este Acuerdo se iniciará únicamente en cualquier tribunal estatal o federal ubicado en Florida, Condado de Hillsborough. Ambas Partes por el presente se someten a la jurisdicción y competencia exclusivas de dicho tribunal.

 

11. Honorarios de Abogados.

Si cualquiera de las Partes incurre en honorarios legales asociados con la ejecución de este Acuerdo o cualquier derecho en virtud de este Acuerdo, la Parte vencedora tendrá derecho a recuperar los honorarios razonables de su abogado y cualquier tribunal, arbitraje, mediación u otros gastos de litigio de la otra Parte.

 

12. Gastos de cobro.

Si el Proveedor de Servicios incurre en costos, gastos u honorarios, incluidos los honorarios razonables de abogados y los honorarios de los Servicios profesionales de cobro, en relación con el cobro o el pago de los montos adeudados en virtud de este Acuerdo, el Cliente acepta reembolsar al Proveedor de Servicios todos esos costos, gastos y honorarios.

 

13. Gastos de cobro.

El Prestador de Servicios podrá subcontratar sus obligaciones y derechos a un tercero.

 

14. Divisibilidad.

Si alguna disposición o parte de este Acuerdo fuera declarada ilegal, inválida o inaplicable por la ley aplicable o un tribunal de jurisdicción competente, las disposiciones o partes restantes permanecerán en pleno vigor y efecto.

 

15. Encabezados; Construcción.

Los encabezados/títulos que aparecen en este Acuerdo se han insertado con fines de conveniencia y fácil referencia, y no pretenden ni se considerará que definen, limitan o amplían el alcance o la intención de las disposiciones a las que pertenecen.

 

16. Supervivencia.

Cada término y disposición de este Acuerdo que, por su sentido y contexto, debería sobrevivir a cualquier terminación o vencimiento de este Acuerdo, sobrevivirá independientemente de la causa e incluso si resulta del incumplimiento material de cualquiera de las Partes de este Acuerdo.

 
17. Derechos Acumulativos.

Los derechos y recursos de las Partes previstos en el presente serán acumulativos y no exclusivos de los derechos o recursos previstos por la ley o la equidad.

 
18. Contrapartes.

Este Acuerdo puede celebrarse en uno o más ejemplares, cada uno de los cuales se considerará un original, pero todos juntos constituirán un solo y mismo instrumento, sin necesidad de producción de los demás. Una página de firma ejecutada entregada por transmisión de fax o firma electrónica se considerará tan efectiva como una página de firma ejecutada original.

 
19. Signatarios Autorizados.

Las Partes acuerdan y garantizan que las personas que firman este Acuerdo en nombre de las respectivas Partes están autorizadas para ejecutar dicho acuerdo. No se requerirá ninguna otra prueba de la autorización.

 
20. Avisos.

Todos los avisos u otras comunicaciones requeridas en virtud de este Acuerdo se harán por escrito y se considerarán efectivos cuando se reciban por correo electrónico.

 
21. Renuncia.

Ninguna renuncia a cualquier término o derecho en este Acuerdo será efectiva a menos que sea por escrito, firmada por un representante autorizado de la Parte que renuncia. El hecho de que cualquiera de las Partes no haga cumplir cualquier disposición de este Acuerdo no se interpretará como una renuncia o modificación de dicha disposición, ni como un impedimento de su derecho a hacer cumplir dicha disposición o cualquier otra disposición de este Acuerdo a partir de entonces.

 
22. Acuerdo completo; Modificación.

Este Acuerdo [y cualquier anexo adjunto] es el Acuerdo completo entre las Partes con respecto al objeto del presente y reemplaza cualquier acuerdo o comunicación anterior entre las Partes, ya sea por escrito, oral, electrónico o de otra manera. Ningún cambio, modificación, enmienda o adición de o a este Acuerdo o cualquier parte del mismo será válido a menos que se haga por escrito y esté firmado por representantes autorizados de las Partes. Cada Parte del presente ha tenido la oportunidad de buscar asesoramiento legal independiente con respecto a este Acuerdo y sus respectivos derechos y obligaciones establecidos en este documento. Las Partes reconocen y aceptan que no se basan en ninguna representación o declaración hecha por la otra Parte o los empleados, agentes, representantes o abogados de la otra Parte con respecto a este Acuerdo, excepto en la medida en que dichas representaciones se establezcan expresamente en este Acuerdo.